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sábado, 30 de noviembre de 2013

3 de Diciembre: "Día de la Discapacidad"

Se proclama el 3 de diciembre como Día internacional de las personas con discapacidad” en 1992, al concluir el Decenio de las Naciones Unidas, para las Personas con Discapacidad (1983-1992) (resolución 47/3). Durante el Decenio se había promovido la toma de conciencia y la adopción de medidas para mejorar la situación de las personas con discapacidad, así como para lograr igualdad de oportunidades. Posteriormente, la Asamblea hizo un llamamiento a los Estados Miembros para que celebrasen el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, con miras a fomentar la integración en la sociedad de las personas con discapacidad (resolución 47/88).


Alrededor de un 15% de la población mundial, o mil millones de personas, viven con algún tipo de discapacidad. El Día Internacional de las Personas con Discapacidad tiene como objetivo fomentar su Inclusión en la sociedad y promover la igualdad de oportunidades.
¿Que  significa ser discapacitado?:
La discapacidad es una condición que afecta el nivel de vida de una persona o de un grupo. El término se usa para definir una deficiencia física, psíquica o sensorial, crónicas o transitorias.  Las personas con discapacidad, presentan una situación de indefensión, suelen tener menos oportunidades en los distintos ámbitos de su vida social.  En ocasiones suelen ser victimas de algún tipo de violencia psíquica, verbal o física.La ignorancia es en gran parte responsable de la estigmatización y la discriminación que padecen las personas discapacitadas. Está ampliamente demostrado que, una vez eliminados los obstáculos la Inclusión de las personas discapacitadas, hace posible  que puedan ser personas activas y productivas en la sociedad. Por ello es necesario eliminar las barreras. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce que la existencia de estas barreras es un componente esencial de su marginación. La accesibilidad y la inclusión de las personas con discapacidad son derechos fundamentales reconocidos por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades. La Convención (artículo 9) pide que las personas con discapacidad puedan llevar una vida independiente y participar de forma activa en el desarrollo de la sociedad. Solicita a los Estados que tomen las medidas apropiadas para darles pleno acceso a la actividad cotidiana y eliminar todos los obstáculos a su integración.
¿Que dice nuestra Constitución?
Articulo 9: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 
Articulo 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Articulo 27: Todos tiene derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá como objetivo el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales...La enseñanza básica es obligatoria y gratuita....
Articulo 49: Los poderes públicos realizarán una política de previsión tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos de todos los ciudadanos.
 ¿Es lo mismo deficiencia, discapacidad y minusvalía?
Estos tres términos no quieren decir lo mismo, la Organización Mundial de la Salud se encargo de definir claramente cada una de estas palabras:

 Conceptos de deficiencia, discapacidad y minusvalía
Deficiencia es, según la OMS, toda pérdida o anormalidad, permanente o temporal, de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica. Incluye la existencia o aparición de una anomalía, defecto o pérdida de una extremidad, órgano o estructura corporal, o un defecto en un sistema funcional o mecanismo del cuerpo.
La deficiencia supone un trastorno orgánico, que se produce una limitación funcional que se manifiesta objetivamente en la vida diaria. Se puede hablar de deficiencias físicas, sensoriales, psíquicas.
Físicas: afectan a personas con problemas como amputaciones, malformaciones, parálisis, pérdidas de movilidad o enfermedades crónicas, que impiden llevar una vida normal o hacen necesario el uso de determinadas ayudas técnicas.
Sensoriales: afectan a personas con problemas de visión, audición o lenguaje.
Psíquicas: afectan a personas con enfermedades o trastornos mentales, como quienes padecen Síndrome de Down. 
En ocasiones la misma persona padece simultáneamente dos o más deficiencias.
Discapacidad es, según la citada clasificación de la OMS, “toda restricción o ausencia debida a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen considerado normal para el ser humano”. Puede ser temporal o permanente, reversible o irreversible. Es una limitación funcional, consecuencia de una deficiencia, que se manifiesta en la vida cotidiana. La discapacidad se tiene. La persona “no es” discapacitada, sino que “está” discapacitada.
Las discapacidades se pueden aglutinar en tres troncos principales: de movilidad o desplazamiento, de relación o conducta y de comunicación. En la actualidad, se está redefiniendo el término discapacidad, como falta de adecuación entre la persona y su entorno, más que como una consecuencia de la deficiencia de las personas.
Minusvalía es “la situación desventajosa en que se encuentra una persona determinada, como consecuencia de una deficiencia o discapacidad que limita, o impide, el cumplimiento de una función que es normal para esa persona, según la edad, sexo y los factores sociales y culturales”. Una persona es minusválida cuando se le niegan las oportunidades de que se dispone en general en la comunidad y que son necesarios para los elementos fundamentales de la vida.

 Discapacidades, ¿cómo las definimos?


Discapacidad Sensorial: El concepto de discapacidad sensorial engloba a personas con deficiencia visual, a personas con deficiencia auditiva y a personas sordociegas. 
Discapacidad motora:La discapacidad motora también llamada motriz, es la alteración en la funcionalidad de las extremidades superiores y/o inferiores de manera transitoria o permanente. Dicha alteración se produce por una lesión en el sistema nervioso central (SNC) a nivel de médula o del encéfalo.. Las causas pueden ser perinatales (durante el embarazo), paranatales(durante el parto) o postnatales (en la primera infancia de 0 a 6 años).  La presencia de discapacidad motora no implica dificultades intelectuales. Pueden ser: Si la lesión acontece en esta parte del sistema nervioso, su consecuencia es la parálisis cerebral, si la lesión es a nivel medular, su consecuencia es espina bífida. 
Discapacidad psíquica: Se caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual presentando una disminución en las habilidades cognitivas e intelectuales del individuo y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades conceptuales, sociales y prácticas.   Esta discapacidad comienza antes de los 18 años.”. Aquí encontraríamos discapacidades como el Retraso Mental, Síndrome de Down, Trastorno del Espectro Autista, Síndrome X frágil…

¿Que significa según nuestra Ley Educativa "Necesidades Específicas de Apoyo Educativo"?

Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) engloba, desde el punto de vista de la LOE 2006, al alumnado con necesidades educativas especiales (NEE) derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta, al alumnado con altas capacidades intelectuales, al alumnado con incorporación tardía en el Sistema Educativo Español, al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje o al alumnado con condiciones personales o de historia escolar compleja. La LEA 2007, sin embargo, amplia dicho concepto, incluyendo, además de lo referido en la LOE 2006, la compensación de desigualdades sociales. En relación con las necesidades educativas especiales, tanto la LEA como la LOE coinciden en articular que el alumnado con necesidades educativas especiales es aquel que requiere, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

2- CLASIFICACIÓN NEAE: 
Necesidades educativas especiales: derivadas de discapacidad y trastornos graves de conducta. 
Discapacidad:
·          -Discapacidad psíquica.
·          -Discapacidad visual, auditiva y trastornos del lenguaje.
·          -Discapacidad motórica. 
Trastornos graves de conducta: La delimitación conceptual de los Trastornos Graves de Conducta y del Comportamiento (TGC) es muy compleja, tanto por la dificultad que entraña delimitar criterios de normalidad o anormalidad en un determinado patrón de comportamiento, como por la multitud de factores implicados en su origen y mantenimiento. Kazdin (1995) los define como “un patrón de comportamiento, persistente a lo largo del tiempo, que afecta a los derechos de los otros y violenta las normas apropiadas de la edad. Implica la presencia de conductas inadecuadas para la edad, dificultades en el funcionamiento diario del alumno o alumna en el ámbito familiar, escolar y/o social, llegando a ser vistos con frecuencia como “inmanejables” por las personas de su entorno”. 
Altas capacidades intelectuales. 
El alumnado precoz es aquel que muestra un desarrollo temprano en una o varias áreas, pudiéndose confirmar o no las características que presenta una vez se consolide la maduración de su capacidad intelectual. La sobredotación intelectual es definida por J. Renzulli (1994), por la posesión de tres conjuntos básicos de características estrechamente relacionadas y con un igual énfasis en cada una de ellas: 
·          Una capacidad intelectual superior a la media, en relación tanto a habilidades generales como específicas.
·          Un alto grado de dedicación a las tareas refiriéndose a perseverancia, resistencia, práctica dedicada, confianza en sí mismo, etc.
·          Altos niveles de creatividad, considerando la creatividad como capacidad de las personas para responder con fluidez, flexibilidad y originalidad.
 Tras la revisión terminológica, y siendo conscientes de la dificultad de establecer una única conceptualización así como de la diversidad de situaciones existentes, utilizaremos el término genérico de altas capacidades intelectuales para designar a aquellos alumnos o alumnas que destacan en algunas o en la mayoría de las capacidades muy por encima de la media. 
Incorporación tardía al sistema educativo español. 
Compensación de desigualdades en educación.
La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y su atención educativa deben fundamentarse siempre en los principios de normalización e inclusión escolar.



Cortos explicativos sobre la Inclusión y discapacidad.

"El Cazo de Lorenzo"


Corto sobre discapacidad sensorial.

Corto sobre discapacidad motora.

Corto sobre discapacidad psíquica.

Canción sobre Inclusión y discapacidad (JJAA)


















      

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